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¿Quién puede beneficiarse de la devolución del impuesto de gasóleo profesional?
¿Quién puede beneficiarse de la devolución del impuesto de gasóleo profesional?
La normativa que establece la devolución del impuesto del gasóleo profesional entró en vigor el 1 de enero de 2007 y dispone que pueden solicitar el reintegro los propietarios de vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
 
Por otro lado también tienen derecho a la devolución los propietarios de vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CE del Consejo, de 6 de febrero de 1970. Y también los taxistas cuyos vehículos estén provistos de las preceptivas autorizaciones y de aparato taxímetro.
 
¿Qué se devuelve?
Se devuelve el incremento que, con fecha 1 de Enero de 2007, sufra el tipo impositivo aplicable al gasóleo para uso general en el Impuesto sobre Hidrocarburos y la parte de la cuota autonómica del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, en el importe que fije cada Comunidad Autónoma.
 
La devolución no podrá exceder de lo que corresponderían a 50.000 litros de gasóleo por vehículo y año, excepto en el caso de los auto taxis, para los que la devolución máxima no excederá lo que correspondería a 5.000 litros por vehículo y año, es decir 145€/año como máximo.
 
¿Qué pasos hay que seguir para obtener la devolución?
Inscribirse en el censo de beneficiarios, pagar con una tarjeta gasóleo profesional para los reportajes realizados en una estación de servicio, y cuando se trate de suministros realizados en instalaciones de consumo propio, dar de alta las mismas y presentar la relación de los suministros realizados.
 
AE2 se encarga de realizar todos los trámites correspondientes y de facilitar la tarjeta de gasóleo profesional a aquellos transportistas que lo deseen.
 
¿Cómo se efectúa la devolución?
En función de las relaciones de suministros que habrá presentado AE2, como emisora de tarjetas válidas para gasóleo profesional, la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales acordará la devolución y efectuará la transferencia bancaria a la cuenta indicada por cada beneficiario.
 
Si quiere consultar más detalles sobre la operativa de la devolución del impuesto de gasóleo profesional consulte el apartado de Preguntas frecuentes en la web de AE2.
 
 

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